Impuestos de la herencia

Impuestos de la herencia

La herencia es el conjunto de bienes, derechos u obligaciones que se transmiten a los herederos cuando una persona fallece. Quien recibe algo por herencia recibe el nombre de heredero o legatario. En el momento que una persona fallece comienza el proceso para heredar. La herencia va a repartir todo lo que la persona fallecida tenía vivienda, dinero en metálico, joyas, fondos de inversión, etc.

Dependiendo de los casos, los trámites y gestiones a realizar van a ser diferentes, llegando incluso a ser complejos y tediosos. Por todo ello es esencial tener claro cómo funcionan la herencias, el proceso a seguir, trámites a realizar, qué impuestos se paga por herencia, plazos a cumplir, etc. El hecho de que exista testamento llega a simplificar mucho todo el papeleo a preparar y gestiones a realizar. En una herencia sin testamento, la ley señala quienes son los legítimos herederos, cuáles son las personas, naturales o jurídicas que tienen el derecho a recibir la herencia. Si no sabe cuales son los impuestos por herencia a pagar (con testamento o sin testamento), o los trámites y gestiones a realizar, lo mejor es consultar con un asesor o abogado experto en herencias y sucesiones que le ayudará a sacar el máximo partido a la herencia recibida. En nuestro despacho de abogados de Madrid, le pondremos en contacto con el mejor profesional que se adapte a sus necesidades.


¿Qué impuesto se paga por herencia?

En el momento de recibir algún bien en herencia o donación, el heredero está obligado al pago una serie de impuestos. Entre otros, los impuestos por aceptación de herencia son:

  • El llamado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), regulado por la normativa estatal y se exige en todo el territorio español
  • Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana).

Los impuestos por herencia que los herederos deben de pagar van a variar en función de los bienes, derecho u obligaciones heredadas. En una herencia existen dos tipos de bienes:

  • Activos financieros: fondo de inversión, plan de pensiones
  • Bienes inmuebles

En el caso de tratarse de un fondo de inversión el heredero tiene la obligación de pagar el Impuesto de Sucesiones; en cambio si se trata de un plan de pensiones no es preciso pagar este impuesto pero deberá de declarar las ganancias como rendimiento del trabajo cuando se rescate el plan.

Antes de recibir los bienes de una herencia, debe de pagarse el Impuesto de Sucesiones, tributo que está cedido a las Comunidades Autónomas y que dependiendo de la última residencia del fallecido resultará en una factura fiscal u otra. Existen grandes diferencias de una comunidad a otra, de manera que en algunas apenas se paga por los bienes heredados, mientras que en otras el coste fiscal es bastante más elevado. El Impuesto de Sucesiones es un impuesto progresivo, en el que no existe un porcentaje fijo de gravamen, sino que cuanto más se hereda más se paga. Es importante destacar que no se puede elegir dónde pagar este tipo de impuesto, teniendo que ser en la comunidad en la que la persona fallecida vivía en los últimos 5 años.


¿Cómo se calcula el impuesto de sucesiones?

La ley estatal establece cómo se calcula el impuesto de sucesiones de manera general, pero las comunidades autónomas tienen competencias para aplicar reducciones y tipos diferentes, de ahí que existan importantes diferencias entre unas comunidades a otras. El Impuesto de Sucesiones, es un impuesto personal (el cual deber de se pagado por el propio heredero) y progresivo lo que significa que a mayor cantidad de bien heredado mayor es el pago a realizar.

El pago de este Impuesto por herencia también varía en función del grado de parentesco de los herederos con el fallecido. A menor grado de parentesco mayor coste fiscal tiene el heredero, por lo que el pago a efectuar no será el mismo si se trata de un hijo (Grado I) o de un hermano (Grado III). El plazo en el que debe de presentarse este impuesto será diferente según se trate de una sucesión o una donación. La diferencia entre una donación y la herencia es que en la herencia los bienes son repartidos tras el fallecimiento mientras que una donación los bienes se transmiten antes del fallecimiento.

A efectos legales, la donación se trata de un adelanto de la herencia, de manera que se restará a la herencia o el heredero tendrá que aportar en el momento de cobrar la herencia, bienes de igual valor que los recibidos como donación. En caso de tratarse de una herencia, el plazo de presentación del Impuesto de Sucesiones será de 6 meses a contar desde el fallecimiento del testador; y en el caso de las donaciones el plazo de presentación será de 30 días hábiles a contar desde el día que se efectúe la donación.


¿Cuánto se paga por el impuesto de sucesiones en Madrid?

El Impuesto de Sucesiones (impuesto que grava cuando hay una herencia) en la Comunidad de Madrid está bonificado en el 99%, es decir que tan solo se deberá de pagar el 1% de la cuota. En comparación con otras comunidades del territorio español, en la Comunidad de Madrid se realiza un pago mínimo. Por ejemplo, si el heredero recibe una herencia por valor de 100.000€, después de aplicar todas las reducciones correspondientes al 1º grupo, este pago tiene una bonificación del 99%. Esta bonificación del 99% se mantiene incluso pasado el plazo de liquidación, y aunque el pago haya sido requerido por la Administración. Si la persona fallecida pertenece a la Comunidad de Madrid y el heredero vive en otra Comunidad Autónoma, el pago de Impuesto de Sucesiones deberá realizarse en la comunidad de residencia habitual del testador. Si la persona fallecida ha vivido en varios lugares en los últimos años habrá de determinarse cual ha sido su residencia habitual en estos últimos 5 años.


¿Cómo liquidar el impuesto de sucesiones en Madrid?

Para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones en la Comunidad de Madrid deberá de presentarse el documento notarial de manifestación de herencia. En su defecto, podrá presentarse un documento privado que deberá contener los datos identificativos de los herederos así como un inventario y avalúo de los bienes (informe que respalda el valor de una propiedad), derechos y obligaciones del fallecido. El incumplimiento de esta obligación en plazo establecido se considera infracción grave, exponiendo al heredero a tener que enfrentarse a una importante sanción económica.

Para resolver cualquier tipo de duda sobre reparto de herencias, pago de impuestos de Sucesiones por herencia en la comunidad de Madrid, etc., lo más aconsejable es contactar con un buen abogado cualificado en temas de Herencias y Sucesiones. Nuestros abogados le acompañarán a lo largo de todo el proceso asesorándole sobre la mejor de las soluciones en tramitación de la herencia, liquidación de impuestos por herencia, etc., de forma rápida y segura.